sábado, 23 de agosto de 2008

Carmen Argibay planteó la necesidad de incorporar el delito de genocidio en el Código Penal

La jueza de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Carmen Argibay (foto) reclamó la incorporación al Código Penal de la figura del genocidio y consideró que legislar sobre esa figura penal es “una deuda pendiente” del Congreso Nacional, aunque reconoció que es “dificultosa de usar” en el contexto argentino. Además, manifestó su preocupación por las carencias que deben soportar los jueces, fiscales y querellantes en los juicios a imputados por delitos de lesa humanidad.
Los planteos sobre la figura de genocidio reaparecieron durante la lectura de los alegatos de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos de Neuquén y del Centro de Profesionales por los Derechos Humanos, querellantes contra represores de La Escuelita, y en el de Justicia Ya! en el juicio por crímenes de lesa humanidad en Mansión Seré y Mar del Plata. La APDH comparó la masacre argentina con los genocidios nazi y armenio y con la matanza de Ruanda. El Ceprodh destacó que el Tribunal Oral Federal de La Plata “reconoció la existencia jurídica del genocidio”, argumentó en base a escritos del sociólogo Daniel Feierstein que la dictadura “se propuso eliminar una fracción de la sociedad” y reiteró al describir los delitos de cada imputado que los cometieron “con la intención de eliminar total o parcialmente a un grupo nacional y en consecuencia forman parte del genocidio ocurrido en la Argentina”.
Argibay recordó que “el genocidio está incorporado a la Constitución Nacional porque la Argentina ratificó la Convención Internacional sobre Genocidio y se incluyó en la reforma de 1994”, aunque no está tipificado en el Código Penal. “Es una deuda que tiene el Congreso Nacional”, indicó la ministra de la Corte Suprema.
En ese sentido, recordó que en el Código Penal hay una figura que se le parece al genocidio, “que es el homicidio agravado por motivos de odio racial o religioso”, aunque “la mención del genocidio en nuestro contexto es dificultosa de usar desde el punto de vista de los documentos internacionales”, que lo definen como los actos perpetrados con la intención de destruir a un grupo nacional, étnico, racial o religioso.
Por último, Argibay destacó que los funcionarios de la Justicia que intervienen en causas por delitos de lesa humanidad “trabajan como pueden, con lo que tienen, atadito con alambre, como decimos los argentinos”.

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